Los carteles informativos sobre zonas de videovigilancia son obligatorios en el momento en que las grabaciones del sistema de CCTV afectan a terceros. La anterior normativa se regía según el RGPD 2016/679, sin embargo según la nueva Ley que regula las instalaciones de sistemas de seguridad, desaparece la referencia a dicha norma y se hace más exhaustiva en su descripción.
A partir de ahora en el diseño del cartel no será necesario hacer referencia a dicha Ley que regula las instalaciones de cámaras de video vigilancia, por el contrario el responsable del tratamiento de las imágenes está mucho más identificado. En el apartado de RESPONSABLE es necesario indicar: nombre, dirección, identificación fiscal, nombre del delegado de protección de datos y su nombre.
En la zona “PUEDE EJERCER SUS DERECHOS DE PROTECCIÓN DE DATOS ANTE”, debe figurar el procedimiento y la documentación necesaria en caso de que el usuario quiera ejercer sus derechos: Acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento. Además se tendrá que utilizar el canal a usar (e-mail, presencialmente, por correo…) y la documentación necesaria (instancia, documento identificativo, etc).
A continuación figura el apartado “MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL TRATAMIENTO DE SUS DATOS PERSONALES” se detallan otros datos necesarios sobre la legitimación del tratamiento de las imágenes captadas por las cámaras de vigilancia, las personas interesadas, cesiones o comunicaciones de datos, periodos de retención de las grabaciones, entre otros.
En definitiva, la principal novedad es que el usuario conoce más en detalle el destino y uso de las imágenes del sistema de vigilancia, poniéndolo al mismo nivel que el resto de procesos en los que hay un tratamiento de datos personales. En Securimport ya puedes encontrar los carteles ajustados a la nueva Ley
Cambios en los carteles de videovigilancia
Los carteles informativos sobre zonas de videovigilancia son obligatorios en el momento en que las grabaciones del sistema de CCTV
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